sábado, 9 de abril de 2016

LA JORNADA LABORAL

LA JORNADA LABORAL DEL DOCENTE DE EDUCACION SUPERIOR II PARTE 29 de mayo de 2014 a la(s) 1:29 JORNADA LABORAL DEL DOCENTE DE EDUCACION SUPERIOR (II PARTE) Raúl López Reyna/SIDESP En una primera oportunidad abordamos el aspecto normativo de la jornada laboral del docente de educación superior (de los institutos y escuelas de educación superior públicos) a la luz de la aprobación de la Ley de Reforma magisterial y la derogatoria del DS No 039-85 ED, reglamento especial de los docentes de educación superior ( ahora puesta en disyuntiva por el MINEDU). Especificando claramente el DS No 004-2010 en su disposición complementaria señala “a falta de la Ley de carrera docente el Ministerio dictara las normas pertinentes”. La última norma la RD No 377-2012 ED señala la jornada lectiva y no lectiva de 50 minutos. El MINEDU se pronuncia especificando que la jornada laboral del docente es de 40 horas pedagógicas de 45 minutos. En esta segunda parte, analizaremos y propondremos la estructura vigente a la luz de la incorporación de los IESTP a la Nuevo Diseño Curricular de enfoque por competencias con estructura modular, manifestada en la RD N0 929-2010 ED. La RD No 929 – 2010 ED señala en el punto 5,5: “La hora pedagógica es de 50 minutos” , dividiendo la carga académica en : lectiva y no lectiva, no señalando al respecto sobre la hora no Lectiva. Asimismo señala que los jefes de área académica asignaran en su jornada lectiva (es decir de 50 minutos) a los docentes de dichas áreas hasta 4 horas de supervisión de prácticas pre profesionales dentro de la asignación de 18 a 20 horas de su carga lectiva. Al respecto hay que aclarar que la supervisión de práctica está amparada por la RD No 401 -2010 ED que señala: “que las labores de supervisión se ejecutan en torno a las relaciones de la empresa y el practicante”. No es una simple inspección sino un trabajo de interactuar con la empresa generando alianzas que promueva la inserción laboral y la adecuación de la curricular a sus necesidades. La misma norma señala 5.6: “la elaboración y ejecución de los trabajos de investigación y preparación de material educativo, individuales o en equipo se realizan en las horas no lectivas… El Director … brindará las facilidades del caso”. Agrega: “que los docentes podrán solicitar permisos hasta 4 horas semanales”. Hasta aquí suman 8 horas a desarrollar fuera o dentro de la institución. En el punto 5.6 señala que: la carga no lectiva: se asigna al docente para desarrollar actividades en los siguientes rubros: programación curricular (que no es lo mismo que silabo), consejería (muy Poco desarrollado por el docente), seguimiento de egresados (coordinador designado), actividades productivas y empresariales (corresponde al comité de gestión), asesoramiento a los estudiantes ( principalmente trabajo en la institución; aunque la comunicación virtual es efectiva en estos caso y de mucho uso del alumno), actividades de investigación e innovación tecnológica ( 4 horas semana). Y los que resulten de la necesidad de aplicación del nuevo DCB (dicho rubro nada explorado por el docente, ni por la institución). El punto 6.3 de los aspectos académicos señala que la estructura modular se adaptan a las necesidades y tiempos de los estudiantes con el propósito de fomentar y promover las oportunidades de movilidad estudiantil hacia la empleabilidad, con salidas rápidas al mercado laboral, brindarle la oportunidad de reinsertarse al sistema educativo para la culminación de su formación profesional”. Al respecto el punto da libre oportunidad de poder estructurar horarios en función al estudiante, considerando sus tiempos para reinsertarlo e insertarlo. Otro aspecto a revelar sobre jornada laboral que establece al RD No 929-2010 ED es en el proceso de evaluación estableciendo programas de recuperación paralelo y posterior al desarrollo de la UD. Estos horarios son establecidos por el docente, en el rubro de asesoramiento. El texto dice: “ En el desarrollo de la UD cuando el docente detecta deficiencias o dificultades de aprendizaje de los estudiantes ( que es común), debe implementar inmediatamente un programa de actividades de recuperación paralelo al desarrollo de la UD, promoviendo el trabajo colaborativo entre los estudiantes para asegurar el logro de la o las capacidades programadas. Este proceso es obligatorio y es de responsabilidad del docente debe ser monitoreado por el jefe de área académica”. La pregunta es ¿ En qué momento el docente desarrollara programas paralelos con los estudiantes de tal manera que no interrumpa su jornada lectiva . Obvio es en la no lectiva, en que horarios?. Ahí radica la flexibilización de jornadas. Asimismo en el punto “g” del mismo inciso señala_ “Si en la penúltima semana de ejecución de la UD, los estudiantes con dificultades de aprendizaje obtuvieran calificativos de 10 y 12, el docente a cargo de la UD organizará, ejecutará y controlara un programa de actividades de recuperación en la última semana del semestre académico participando todos los estudiantes”. Es decir que en la jornada no lectiva vuelve a programar nuevos horarios. El punto “j” agrega: “El programa de actividades de recuperación, debe comprender acciones como trabajos prácticos, actividades de auto aprendizaje ( puede ser virtual) y otras acciones formativas que el docente considere pertinente”. El punto 7.6 señala: “El Uso de nuevas tecnologías de información y comunicación”: Dicho inciso abre las puertas para el uso de Tics en proceso de gestión, pedagógico, institucional y administrativo, promoviendo el uso del internet y correo en las actividades. Finalmente señala el desarrollo de programas vacacionales de adelanto de UD a alumnos sobresalientes y ampliación de UD. CONCLUSIÓN Y PROPUESTAS: De toda esta variedad de alternativas creemos que la jornada laboral: autónoma, flexible y productiva no se ha agotado, existiendo diversas líneas a desarrollar en la jornada lectiva y no Lectiva del docente que comprende: ü Hora lectiva de 50 minutos y no lectiva de 50 minutos. ü 4 horas de supervisión de prácticas profesionales ( principalmente externo) ü 4 horas de investigación e innovación (50 minutos) que puede ser interna y externa. ü Horarios que requiera para la aplicación del NDC, que puede ser externo e interno ü ( Presencial o no presencial). ü Programas de recuperación de estudiantes en paralelo a la UD. ( externo e interno). ü Programas de recuperación al final del semestre (interno y externo). ü Horario para el uso de las Tics en el ámbito pedagógico ( virtual). ü Programas vacacional para el adelanto de UD de alumnos con alto rendimiento. ü Ampliación de UD en paralelo para alumnos de alto rendimiento. ü La jornada no lectiva no tiene una distribución específica de tiempo, son los institutos ü que determinen de acuerdo a su realidad. ü Alternativamente el docente podría llevar de 8 a 4 pm por decisión acogiéndose al DS No 04-2010 ED de funcionamiento del instituto. Reduciendo su jornada semanal. ü Asimismo la alternancia en diurno y nocturno.

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